Adhesión del Ayuntamiento al
Fondo Social de Viviendas de la FEMP
El
ayuntamiento de Pechina solicitará adherirse al Convenio para la creación del
Fondo Social de Viviendas de la Federación Española de Municipios y Provincias
(FEMP), según el acuerdo alcanzado por la corporación local en la sesión de
Pleno Ordinario celebrado el pasado jueves 25 de abril, a propuesta del equipo
de gobierno local.
Ante el serio problema
de los desahucios, la FEMP manifestó al Gobierno su decisión a buscar
soluciones para paliar los efectos de los desalojos, y en respuesta a esta
creciente demanda, la Junta de Gobierno de la federación, acordó suscribir el
Convenio para el Fondo Social de Viviendas para Afectados por Desahucios, junto
con el Ministerio de Economía y Competitividad, el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad, el Ministerio de Fomento, el Banco de España,
entidades financieras y la Plataforma del tercer Sector.
Los fondos sociales de
viviendas constituidos en cada entidad de crédito se destinarán exclusivamente
a aquellas familias cuyo desalojo se haya producido como consecuencia de una
demanda de ejecución iniciada por la misma entidad de crédito que constituye el
fondo social de viviendas. Podrán ser arrendatarios de los contratos de
alquiler de las viviendas incluidas en el fondo social las personas físicas que
hayan sido desalojadas de su vivienda habitual y cumplan una serie de
requisitos, como: la citada coincidencia de la entidad de crédito, que el
desalojo se haya producido a partir del día 1 de enero de 2008 o que se den una
serie de circunstancias de especial vulnerabilidad.
Contrato
de arrendamiento
La renta del
arrendamiento estará comprendida entre los 150 y los 400 euros al mes, con un
límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar. Los
gastos del inmueble, incluyendo tributos y obras de reparación, serán de cuenta
del propietario, con excepción de los gastos por suministro (electricidad,
agua, gas o teléfono). La Duración del contrato de arrendamiento será de dos
años, no obstante el contrato se prorrogará un año más salvo que la entidad
arrendadora, tras una reevaluación de los requisitos de elegibilidad, concluya
que estos yo no se cumplen, en cuyo caso deberá notificar a los beneficiarios y
a la comisión de coordinación y seguimiento la extinción del contrato, al menos
con un mes de antelación al vencimiento del plazo de dos años. Por último, el
arrendatario se obligará a destinar el inmueble a su vivienda habitual y a
conservarlo en las mismas condiciones de uso y habitabilidad en el que se
encontraba en el momento de su entrega.
Procedimiento
de asignación de viviendas
Las solicitudes de
viviendas por los beneficiarios se dirigirán a la entidad de crédito titular
del préstamo hipotecario cuyo impago haya originado el desalojo de la vivienda
habitual del solicitante. Las solicitudes admitidas serán valoradas por las
entidades al objeto de priorizar aquellas que presenten una mayor necesidad o
riesgo social, ponderando: el riesgo de exclusión social, número de hijos menores
de tres años y menores de edad, así como de personas con discapacidad,
dependencia, situación de desempleo y que hayan agotado sus prestaciones
sociales, presencia de víctimas de violencia de género, disponibilidad de
viviendas adecuadas en el municipio de residencia de los solicitantes y otros
análogos.
Los Servicios Sociales
Comunitarios de la Excma. Diputación, asignados al Ayuntamiento de Pechina, facilitarán, previa
solicitud de la entidad financiera, los informes de las familias solicitantes,
y además asesorarán a los vecinos del municipio sobre el procedimiento de
solicitud.
No hay comentarios:
Publicar un comentario